Deducciones en la renta para familias con niños con necesidades especiales

Hoy os vamos a hablar en nuestro post de un tema que a los papás y a las mamás de niños con necesidades especiales os preocupa mucho: las deducciones en la renta por tener a cargo un descendiente con discapacidad.

Como sabéis, desde el 2015 existe una deducción de 1.200 euros al año por tener a cargo personas con discapacidad, desgravación que se mantiene en 2016 y a la que se pueden acoger las familias que cumplan las condiciones necesarias.

Requisitos necesarios para acceder a la deducción

Lo primero que tenemos que tener en cuenta son los requisitos para acceder a la deducción por descendientes con discapacidad a cargo, que son los siguientes:

  1. Que el descendiente sea menor de 25 años a la fecha de devengo del Impuesto, salvo que sean descendientes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, en cuyo caso podrá aplicarse el mínimo, cualquiera que sea su edad, si cumplen los restantes requisitos.
  2. Que el descendiente conviva con el contribuyente.
  3. Que el descendiente no haya obtenido en el ejercicio 2015 rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas del impuesto.
  4. Que el descendiente no presente declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

Las deducciones dependen del grado de discapacidad, si hay pensiones u obras de adecuación de vivienda

En caso de que un matrimonio con uno o varios hijos con discapacidad realicen la declaración de la renta de forma individual, se puede ceder el derecho a la deducción a uno solo de ellos de forma íntegra. Si no es el caso y los dos progenitores tienen derecho a la deducción, el importe se repartirá en partes iguales.

También se pueden deducir por encima de las cantidades comunes las aportaciones de pensiones y sistemas de previsión social en favor de personas con discapacidad. Para que esto pueda suceder, es necesario que el contribuyente a quien se ayude demuestre poseer una discapacidad física o sensorial del 65% o más, o si es psíquica, que sea igual o mayor del 33%.

Y, lo que mucha gente no sabe, es que existe la posibilidad de desgravar obras de adecuación de la vivienda habitual por razones de discapacidad, hasta un máximo del 10% del importe total.

Dado que existen deducciones a nivel estatal y autonómico, os recomendamos que consultéis con una gestoría y que os asesoren basándose en vuestras circunstancias personales y familiares para que optéis a todas las desgravaciones que os correspondan.

Y recordad que en la Fundación Anda Conmigo os ayudaremos en todo lo que necesitéis y que podéis contar con nosotros para cualquier problema o duda. ¡Os esperamos!